Apoyará GEM a transportistas

Podrán acceder a beneficios que van del 50 al 100% en condonación de pagos por trámites

El sector del transporte público concesionado en el Estado de México podrá acceder a una miscelánea de beneficios fiscales que irán del 50 al 100 por ciento en condonación por pago de trámites como tenencia, refrendo o prórroga, entre otros, ante los daños económicos que ha dejado la propagación del virus de COVID-19, que paralizó parcialmente a dicho sector.

En el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, la Secretaría de Movilidad (Semov) publicó el acuerdo para apoyar a dicho sector y las disposiciones que entrarán en vigor a partir del 15 de septiembre, las cuales no aplicarán para el servicio de arrastre y salvamento, turismo, escolar y carga.

La dependencia argumentó que se busca que los empresarios del ramo no dejen de prestar servicio a la población, pero que a su vez continúen con la regularización y actualización de las unidades, política pública impulsada en el presente sexenio.

Se expresó solidario con el sector, debido a que ante la pandemia “han tenido que continuar con sus labores cotidianas, pero con una disminución de los usuarios de dicho servicio público y, por ende, de sus ingresos como retribución por el servicio prestado”.

El documento condiciona a los transportistas que para acceder a estos apoyos fiscales deberán demostrar los legítimos derechos sobre la concesión, pagar en una sola exhibición los conceptos no condonados o subsidiados, por mencionar algunos. La Dirección General del Registro Estatal de Transporte Público podrá actuar si se presenta información falsa o apócrifa.

Los descuentos estarán vigentes hasta el 31 de diciembre y entre ellos están el subsidio del 100 por ciento en el pago del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos del ejercicio fiscal 2020 y sus accesorios.

La condonación del 100 por ciento en el pago del impuesto sobre tenencia o uso de unidades, derechos de refrendo anual para vehículos afectos a la prestación del servicio público de transporte, y los accesorios correspondientes, respecto de los ejercicios fiscales 2018 y anteriores.

El subsidio del 100 por ciento en el pago del derecho por servicios prestados por la Secretaría de Movilidad, por concepto de prórroga (cambio de temporalidad de vigencia) de la concesión por un año contado a partir de la fecha de vencimiento de su vigencia.

Asimismo, subsidio del 100 por ciento en el pago de los adeudos hasta el ejercicio fiscal 2019 por concepto de prórroga (cambio de temporalidad de vigencia) en las concesiones vencidas, que se refieran al servicio regular de pasaje en su modalidad de colectivo, así como al servicio discrecional de pasaje en su modalidad de individual en automóvil de alquiler de sitio.

Además, subsidios del 50 por ciento en el pago de los derechos por servicios prestados por la Secretaría de Movilidad, por concepto de expedición o reposición de placa; por cambio de propietarios y baja de matrículas; reposición de tarjeta de circulación y/o del título de concesión, entre otros.