¿Cómo sé si ya puedo cobrar mi incapacidad del IMSS?

Si eres trabajador con una incapacidad temporal tramitada, es probable que te preguntes ¿cómo saber si ya puedo cobrar mi incapacidad?

Si eres trabajador con una incapacidad temporal tramitada es probable que te preguntes ¿cómo saber si ya puedo cobrar mi incapacidad?

Y es que luego de pasado el tiempo reglamentario, es necesario consultar si esta ya ha sido abonada.

Aquí te decimos cómo hacer la consulta del estatus de tu incapacidad, cuáles son los requisitos que necesitas para hacer el trámite, cómo solicitarla y cuáles son los bancos autorizados para hacer el pago de la misma.

¿Listo?

Vía online

Desde el portal oficial del IMSS podrás consultar el estatus de tu incapacidad.

Sin embargo, debes saber que es necesario estar registrado previamente para poder acceder al sistema.

Una vez registrado, sigue estos pasos:

  • Da clic aquí e ngresa al sitio oficial del IMSS haciendo, selecciona “Consulta de incapacidades”.
  • El sistema te va a redirigir al escritorio virtual donde tendrás que ingresar con los datos que usaste para registrarte.

¿Cómo puedes obtener el pago de las incapacidades directamente en tu cuenta, con solo revisar la misma podrás saber si ya puedes cobrar tu incapacidad?

Esta es una nueva modalidad de cobro que resulta más segura y rápida para los trabajadores.

Pero, ¿Qué son las incapacidades en México?

Se refiere a los días en los que debas ausentarte en el trabajo a causa de un accidente o enfermedad que te limite para trabajar de manera temporal.

Aplica para las trabajadoras aseguradas que deban ausentarse durante unos días previos y posteriores al parto.

En ambas situaciones, un médico del IMSS será quien expida un certificado de incapacidad para que puedas justificar tu ausencia en el trabajo.

Dependiendo del motivo y tipo de incapacidad tendrás que hacer el trámite específico y esperar unos días.

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Tipos de incapacidad que reciben subsidios

  • Por enfermedad general: Aunque la enfermedad sea ligera o contagiosa, causada por el trabajo o no, o tenga una causa interna o externa, tienes el derecho de cobrar tu incapacidad.

El subsidio es el 60% del salario que esté registrado en el IMSS y cubre desde el inicio de la incapacidad.

  • Por riesgo de trabajo o incapacidad laboral: Cuando un acontecimiento te afecta como trabajador/a y ya no puedes cumplir con tus funciones, un accidente, por ejemplo.

¿Qué es riesgo laboral o de trabajo?

Según el portal entre pagos y cuentas, cuando el accidente ocurre dentro de las instalaciones donde ofreces tu servicio.

Se incluyen los hechos que sucedan cuando estés haciendo alguna actividad relacionada con el trabajo.

No importa si el accidente ocurre en tu horario de trabajo o en la jornada extraordinaria de trabajo.

Cuando ocurra este tipo de accidentes, debes realizar los siguientes pasos:

  1. Dirígete a un centro de salud del IMSS.
  2. Completa el formulario que te entregue el personal médico.
  3. Luego de la consulta médica, entrega el formulario que completaste a la empresa donde trabajas. Cuentas con solo 1 día para acudir a la consulta y notificar a la compañía.
  4. Acude nuevamente a la consulta médica para recibir el alta hospitalaria u obtener más reposos.

El subsidio es del 100% del salario registrado en el IMSS; cubrirá desde el inicio de la incapacidad.

Incapacidad por Maternidad

Las trabajadoras que se encuentren en cierto punto del embarazo en el que no puedan cumplir con sus funciones o luego de dar a luz, cuentan con un lapso de 84 días de incapacidad para trabajar.

Incluye la fase antes y después del parto, y para que disfrutes de este beneficio necesitas hacer lo siguiente:

  • Estar registrada en el IMSS.
  • Debes contar con al menos 30 semanas de cotización en el IMSS las cuales deben haberse realizado en el año previo al embarazo.
  • Tienes que asistir a un mínimo de 5 consultas médicas en el IMSS para que el médico de la institución avale tu estado de embarazo y la fecha probable del parto.

El subsidio es del salario completo que esté registrado en el IMSS, al principio de la semana 34 de gestación y por el lapso completo que ampare el documento.

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¿Cómo solicitar la incapacidad ante el IMSS?

Vía Online:

Accede al sitio web del IMSS haciendo clic aquí. Debes contar con los siguientes requisitos:

  • La CURP o Clave Única de Registro de Población.
  • Firma digitalizada, la cual debe ser tramitada en el sitio web del SAT (Servicio de Administración Tributaria).

Vía Presencial:

Acude a la ventanilla de la Unidad de Medicina Familiar o Subdelegación con la siguiente documentación:

  • Original y duplicado de la CURP o Clave Única de Registro de Población.
  • Original y copia de un documento donde se encuentre tu Número de Seguridad Social y tu nombre como asegurado/a. Este documento debe ser emitido por AFORE, el INFONAVIT o el IMSS.
  • Original y duplicado de un documento que contemple tu código de cuenta y la CLABE (Clave Bancaria Estandarizada). En el documento debe verificarse tu identidad.

Horarios: Lunes a Viernes entre las 8:00 AM y 3:00 PM.

¿Cómo sé si ya puedo cobrar mi incapacidad si acabo de hacer el trámite?

En el momento en que hagas el trámite para ser acreedor de un pago por incapacidad, el IMSS va a cancelar los recursos en función del tipo de incapacidad que te corresponda.

Puedes hacerlo apenas recibas el depósito.

El banco te notificará que has recibido un ingreso en tu cuenta y podrás verificarlo desde su plataforma.

Las incapacidades que se van a cancelar son las que tengan más de tres días de reposo y sin importar los motivos por los que el trabajador esté de baja durante esos días.

El trámite es gratuito.

¿Cuáles son los bancos autorizados para cobrar?

Bancomer, HSBC y Banamex.

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