En 48 horas habrá nueva convocatoria para elegir autoridades auxiliares en Ecatepec

El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) dio dos días hábiles naturales para que el Cabildo de Ecatepec emita una nueva convocatoria para el Procedimiento de Elección de Autoridades Auxiliares Municipales e integrantes de los Consejos de Participación Ciudadana 2022-2025.

El organismo determinó revocar la Convocatoria aprobada por las autoridades, al acreditar que sus requisitos limitaron la participación de las y los ciudadanos, ya que su exigencia no están previstos en la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

El ordenamiento derivado de más de 50 juicios interpuestos por ciudadanos inconformes, será observado por líderes de partidos políticos, de organizaciones sociales y ciudadanos.

Hay más de 50 juicios interpuestos por ciudadanos inconformes

El priista Alejandro Albarrán y los perredistas Octavio y Fernando Martínez Vargas, expusieron de manera conjunta que se mantendrán atentos para que en el nuevo proceso de registro no se intenten violentar los derechos de participación de la gente.

“La anterior convocatoria violentaba totalmente los derechos de participación de la gente, con requisitos extremadamente excesivos, lo que no permitió registrase a muchas de las planillas en Ecatepec, precisamente por esos candados que puso el gobierno municipal para que obviamente la gente no participara”, expuso el líder de partido tricolor.

La síndico priista municipal Mary Germán Rivero también se sumó al llamado a tener un proceso transparente y apegado a la legalidad; incluso cuestionó la aplicación del convenio con el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) para evitar que el proceso presentara las irregularidades que derivaron en su cancelación.

El representante del PRD ante la Comisión Nacional de Vigilancia del Instituto Nacional Electoral, Octavio Martínez Vargas, calificó la resolución como una buena noticia para los ciudadanos organizados en Ecatepec.

“Muchos ciudadanos se organizaron a efecto de impugnar la convocatoria, la negación de registro, y es la primera vez en la historia que después de una convocatoria, el Tribunal Electoral del Estado de México resolviera por unanimidad de los magistrados la cancelación de la misma”, señaló.

Por su parte, el regidor del PRD, Fernando Martínez, detalló que los integrantes del Cabildo presidido por el alcalde de Morena, Fernando Vilchis, están a la espera de la sesión para la emisión de la nueva convocatoria

Para la nueva convocatoria se deberá considerar:

De acuerdo con lo establecido por el pleno del Tribunal electoral, para la nueva convocatoria se deberá considerar los siguiente:

a)  Hacer pública la Convocatoria durante al menos diez días naturales, en los lugares de mayor afluencia y medios electrónicos del Ayuntamiento, página de internet, redes sociales, etcétera.

b)  Los requisitos para poder participar en la elección de renovación de autoridades auxiliares e integrantes de los consejos de participación ciudadana, deberá atender lo señalado en el artículo 60 y 73 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

c)  Respecto del requisito de vecindad, se podrá acreditar con la constancia de residencia correspondiente expedida tanto por el Secretario del Ayuntamiento o por autoridades auxiliares municipales, ejidales o comunales u otro documento idóneo, o a través de otros medios probatorios que resulten adecuados (por ejemplo, con comprobantes de domicilio a su nombre o con dos testigos con identificación oficial y que sean vecinos del interesado).

d)  En el caso, de que se permita participar a los servidores públicos en la elección de renovación de las autoridades auxiliares, se deberá señalar que deberán separarse del cargo con veinticuatro horas anteriores al inicio de la campaña; manifestando bajo protesta de decir verdad tal hecho.

e)  Las planillas que decidan participar en la elección de renovación de las autoridades auxiliares e integrantes de los consejos de participación ciudadana, deberán observar en todo momento el principio de paridad en la integración de las mismas.

f)  Se deberá contemplar un plazo de cinco días para el registro de planillas y dos días para subsanar posibles omisiones en el registro.

g)  Se deberá considerar un plazo idóneo para la presentación del medio de defensa en contra del dictamen o constancia de registro el cual deberá ser resuelto antes de iniciar la etapa de campaña.
h)  La convocatoria deberá contener mecanismos para prevenir, atender, observar y, en su caso, sancionar la violencia política en razón de género, así como la inclusión de acciones afirmativas y de atención a sectores vulnerables.

El TEEM estableció que la campaña electoral, la jornada electoral, la declaración de validez de la elección, toma de protesta, así como su eventual impugnación del proceso de elección deberán establecerse y ajustarse sin perjuicio de que esta última se extiendan después del quince de abril.

TAR