Irregularidades en Salario Rosa por mil 500 mdp detecta OSFEM
Informe de resultados de la Cuenta Pública 2019 desnuda al programa estelar del gobierno estatal
El Informe de Resultados de la Fiscalización de las Cuentas Públicas reportó observaciones por mil 564 millones de pesos y diversas irregularidades sobre el programa Salario Rosa, programa estelar de la administración estatal, en sus distintas vertientes.
La titular del Órgano Superior de Fiscalización (OSFEM), Miroslava Carrillo Martínez, entregó los documentos que dan cuenta del primer ejercicio presupuestal del sexenio en curso, luego de que el 15 de enero se aplazó este ejercicio.
El ente auditor advierte en la Cuenta Pública estatal observaciones de alrededor de 17 mil millones de pesos, de los cuales más de 15 mil son de los programas estatales y más de 2 mil corresponden a los ayuntamientos.
En el esquema tarjeta rosa reveló que no hay certeza de que el apoyo y servicios del programa fueron a la población objetivo, que la cobertura fue orientada a mujeres residentes de localidades que registraron zonas de atención prioritaria urbanas o rurales y el padrón de beneficiarios no es confiable, presenta información incompleta y carente de calidad por las inconsistencias detectadas en los registros.
Detalló que el Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social (CEMyBS), encargado del programa, no cumplió las disposiciones normativas y administrativas aplicables respecto de las operaciones examinadas del ejercicio fiscal 2019, lo que derivó en 11 resultados finales con 11 observaciones, lo que generó 28 recomendaciones.
La Auditoría de Desempeño para fiscalizar los recursos públicos asignados y ejercidos, el desempeño para comprobar que el dinero se orientó al objetivo, consideró que se carece de un diagnóstico estructurado para la implementación del programa basado en criterios de viabilidad y de focalización sobre las zonas de atención prioritarias; condición que le impide establecer órdenes de priorización en la atención de la población objetivo y fortalecer el diseño del programa.
En el caso de las Reglas de Operación no satisfacen, en su totalidad, los aspectos mínimos relevantes establecidos en la norma aplicable; dicha reglamentación no asegura una implementación eficiente y eficaz del programa en la disminución de la pobreza multidimensional o vulnerabilidad que presentaban las mujeres atendidas.
Carece de una categoría específica en la Estructura programática del gobierno mexiquense, aún y cuando es considerado estratégico y prioritario en el Plan de Desarrollo estatal 2017-2023; al no estar integrado al programa anual, impide la obtención de información oportuna y certera sobre resultados, la administración de recursos y la evaluación de beneficios económicos y sociales.
No existe certeza de que los apoyos económicos y servicios se hayan destinado a la población objetivo, definida en las Reglas de Operación, porque no se cuantificó dicha población, ni se acreditó que la cobertura de atención fue orientada a mujeres residentes de localidades que registraron zonas de atención prioritarias urbanas o rurales, que concentran población con muy alta o alta marginación o muy alto o alto grado de rezago social.
El OSFEM presumió que la asignación de apoyos se pudo haber realizado bajo conductas discrecionales, ya que no hay certeza de que las mujeres beneficiarias estaban en condición de pobreza multidimensional o de vulnerabilidad y que además no percibían ingresos de un empleo formal.
No acreditó con evidencia suficiente, pertinente, competente y relevante, el beneficio real que generan las transferencias monetarias y los servicios entregados, en virtud de que su mecanismo de seguimiento no aporta información sobre los avances y resultados en el cumplimiento de su objetivo general.
El Padrón presenta información incompleta que carece de calidad, por lo que los registros contenidos no fueron confiables; de 26 campos obligatorios para requisitar por el CEMyBS, en 16 rubros se identificó información inconsistente o la ausencia de registros; por lo que no existe certeza de que los apoyos y servicios de programas fueron entregaron a la población objetivo.
De 56 mil 913 beneficiarias en el padrón, 68.0 por ciento, es decir, 38 mil 700 recibieron apoyos económicos en tres ocasiones; el 32.0 por ciento, 18 mil 213, en dos ocasiones, lo que significó 152 mil 526 transferencias de dinero mediante la tarjeta Salario Rosa. Los expedientes no contienen evidencia suficiente, competente, relevante y pertinente, que acredite que las beneficiarias recibieron esos recursos.
El CEMyBS no atendió a la población beneficiaria con los servicios del programa social, pese a haber programado la prestación de sólo uno de los servicios previstos en las Reglas de Operación 2019.
No presentó información suficiente de tipo económica presupuestal y programática de la ejecución, por lo que no es posible valorar su desempeño para cumplir el objetivo general de “disminuir la condición de pobreza multidimensional y vulnerabilidad de las mujeres de 18 a 59 años, que se dediquen al trabajo del hogar y no perciban remuneración y capacitación para el desarrollo de capacidades”.
También identificaron variaciones de temporalidad, frecuencia, montos y o cantidades de apoyos económicos y servicios del programa; la entrega estuvo condicionada en algunos casos, derivado de manifestaciones hechas por beneficiarias.
Calificó de ineficaz e ineficiente el desempeño del CEMyBS en la ejecución del programa porque no se acreditó con evidencia suficiente, pertinente, competente, el cumplimiento del objetivo general de dicho programa.