Se perfila Edomex, en la séptima entidad en crear impuesto cedular

en total prevé cuatro en 2022

El impuesto cedular por actividad empresarial y prestación de servicios profesionales, son dos de los cuatro nuevos gravámenes que se proponen en el Paquete Fiscal 2022 y que ha alzado ámpula entre los empresarios, y de pasar la entidad sería la séptima del país en implementarlo.

El anterior concepto fue planteado por la Secretaría de Finanzas en la Ley de Ingreso, junto a nuevos conceptos de impuesto a Casas de Empeño, como enajenación de placas vehiculares dadas de baja.

Por una parte, el gobierno estatal justifica la necesidad de que Estado mexiquense, busca hacer uso de sus facultades tributarias a través de fortalecer la Hacienda Pública con Impuestos Cedulares sobre ingresos que perciban las personas físicas.

Impuesto Cedular

Estos serán por prestación de servicios profesionales o por realizar actividades empresariales.

Los contribuyentes que obtengan ingresos por las actividades a las que se refieren dichos impuestos, efectuarán el pago por cada una de las operaciones que realicen; aplicando la tasa del cinco por ciento sobre la base determinada, de conformidad con lo establecido.

De aprobarse la entidad sería el séptimo en el país de implementarlo. Ya ocurre en Chihuahua, Guanajuato, Guerrero, Nayarit, Oaxaca y Quintana Roo, de acuerdo a instituciones bancarias.

Otros gravámenes

En la política fiscal para la protección al ambiente, la naturaleza y generar medidas de mitigación al cambio climático, se planteó el Impuesto Ecológico por Emisión de Gases Contaminantes a la Atmósfera. Implementa una cuota de 43 pesos por tonelada de dióxido de carbono emitida.

Lo que se busca es que el nivel de contaminación reportado en la entidad se reduzca y se refleje en la salud de la población.

Casas de empeño

Tras el número creciente de casas de empeño que operan en la entidad; y la necesidad de generar información sobre la solvencia económica de las mismas para brindar certeza al cliente; se propone incorporar un impuesto para estas unidades económicas.

Dicho impuesto causará, respecto de los bienes dados en pignoración; que no hayan sido recuperados por el deudor prendario y sean posteriormente enajenados por la casa de empeño.

Tomará como base gravable la diferencia entre el monto de avalúo; que sirve de base para el otorgamiento del crédito prendario; y el monto de enajenación del bien pignorado; aplicando la tasa de 5 por ciento.

También se propone la enajenación de placas vehiculares dadas de baja, por lo que para darle punto final a las mismas, se propuso lo anterior, que representa un ingreso para la hacienda pública estatal.

ASME